El gobierno neoliberal
de Muricio Macri insiste en un camino regresivo en las relaciones de
trabajo, pero su proyecto de Reforma Laboral, antecedido por unos dos
mil despidos de empleados estatales, ha despertado un repudio gener
alizado que ganó la calle, con gr a n de s manifestaciones en todo el
país en los últimos dos meses.
El gobierno tomó nota de lo que le
costó aprobar la reforma previsional y tras las imágenes de caos que
generó la misma, Macri decidió postergar el debate por la reforma
laboral al mes de marzo. Según el Gobierno, la baja de costos laborales
sería el motor de la generación de empleo y, por consiguiente, de la
caída de la pobreza estructural del país, pero con dos años de
experiencia en las medidas macristas, pocos creen en sus propuestas y
globitos de colores: su credibilidad sigue bajando, sin alcanzar el 40%.
La suba de precios se disparó en diciembre a su mayor nivel
del año pasado por los tarifazos y el alza de combustibles. El resultado
de 2017 fue casi 8 puntos superior a la meta de 17 por ciento, en línea
con los pronósticos más pesimistas. En los dos años de Macri, la
inflación casi acumula 70%
Montado sobre el caballito de
batalla de una permanente modernización y en un intento de establecer
profundas modificaciones estructurales en la economía, el gobierno
presentó un reforma que apunta a la degradación del empleado y al
impulso del trabajo eventual por sobre la relación laboral estable.
Obviamente no se pensó en la valorización del trabajador para hacer
frente a los cambios tecnológicos. De lo que se trata, también, es de
sepultar el poder de los sindicatos.
T a mpoco es muy original
el proyecto. L a reforma laboral es uno de los a spectos centr a les de l
a nuev a ofensiv a neoliber a l en l a región, luego de una déc a da de
conquista de derechos, de mejora sustantiva en las condiciones de los
trabajadores y del sector de l a micro, pequeña y medi a n a empres a .
Desde hace meses que el ministro de Trabajo Jorge Triaca comenzó a
dialogar con sindicatos y empresas sobre el proyecto de ley que iba a
ser presentado antes de fin de año, pero desde las centrales obreras la
respuesta fue coincidente: la reforma representa una pérdida a los
derechos laborales conseguidos tras varios años de lucha sindical.
La Confederación General del Trabajo (CGT) rechazó 14 artículos de la
reforma, en la que se propuso del banco de horas que limita las horas
extras, el cálculo de las indemnizaciones basado sólo en el salario, y
el cambio de funciones laborales. "Nos van a tener que cortar la mano
para firmar esta ley de reforma", manifestó el pasado martes el
secretario gremial de la CGT, Pablo Moyano.
El coordinador del
Observatorio del Derecho Social de la CT A , Luis Campos, afirmó que
“estamos frente a un verdadero intento de fijar las bases para un cambio
de paradigma en las relaciones laborales que, en el largo plazo,
constituye una profundización de la ofensiva ininterrumpida del capital
sobre el trabajo iniciada en a mediados de los años 1970”.
El
proyecto laboral macrista no solo modifica diversos artículos de la
actual Ley de Contrato de Trabajo planteando un retroceso en los
derechos adquiridos por los trabajadores. Las reformas impulsadas por el
gobierno en materia previsional, tributaria y de precarización laboral
representan una avanzada feroz contra la estructura de derechos que los
argentinos habían conquistado tras décadas de luchas.
Lo que se
busca es reducir la responsabilidad del gran empresariado y los
derechos de los trabajadores. No significa modernización ni mejoría. No
acompaña la evolución de las situaciones del empleo ni recoge los
problemas que pueden estar vinculados con los cambios tecnológicos. Es
solo poda de derechos, señaló el jurista Carlos Fern á ndez Madrid, a la
revista A cción.
Los ejes del proyecto
-
Blanqueo: Las empresas tendrán un año para blanquear sus relaciones
laborales. Si lo hacen dentro de los primeros seis meses, gozarán de una
condonación de la deuda por capital, intereses, multas y punitorios del
100 por ciento. En cambio, en los restantes seis meses, tendrán un
descuento del 70 por ciento. Los trabajadores que sean regularizados
tendrán derecho a computar hasta 60 meses de servicios con aportes
calculados sobre un monto mensual equivalente al salario mínimo, vital y
móvil.
- Reducción de las contribuciones patronales: En el
primer semestre de 2018, no se pagarán aportes por los primeros 2.300
pesos, y en el segundo semestre de ese año, por igual monto pero
actualizado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC
acumulado desde el mes de noviembre de 2017. En 2019, será a partir de
4.600 pesos, o la parte proporcional que corresponda, actualizada por el
IPC acumulado desde noviembre de 2017. A su vez, las contribuciones
patronales descienden de 21 a 19 por ciento en forma escalonada anual,
hasta llegar al nuevo piso en 2022. En sentido inverso subirá las del
sector pyme y otros beneficiarios de 17 a 19 por ciento medio punto por
año hasta 2022.
- Modificación del concepto de trabajo: La
definición que establece la Ley de Contrato de Trabajo ahora incluirá
que "la cooperación entre las partes para promover esa actividad
productiva y creadora constituye un valor social compartido, generador
de derechos y deberes recíprocos, y una regla esencial de ejecución del
contrato".
-Trabajadores profesionales autónomos: Se crea esta
figura de trabajadores económicamente vinculados y se los excluye de la
Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Un trabajador que depende
económicamente (100%) de sus ingresos anules de una empresa, podría ser
considerado igualmente autónomo y quedar fuera de la LCT, si tiene una
carga horaria menor a las 22 horas semanales.
-Irrenunciabilidad: Se retorna a la redacción de la última dictadura
cívico-militar y se deroga la norma que establece que será nula toda
convención de partes que suprima o reduzca los derechos del trabajador.
-Tercerización: La empresa contratante de una tercerizada deja de ser
solidaria por los trabajadores tercerizados en actividades de seguridad,
limpieza, montaje de maquinarias o instalaciones, servicios médicos de
emergencia y de higiene y seguridad en el trabajo, gastronomía e
informática. Excluye, asimismo, los servicios de transporte de personas,
desde y hacia el establecimiento o explotación productiva.
-Reclamos: Se modifica la norma que dispone que ante la alteración de
las condiciones esenciales del trabajo por parte del empleador, el
trabajador puede reclamar judicialmente el restablecimiento de esas
condiciones alteradas a través de un procedimiento sumarísimo, no
pudiendo el empleador innovar en las condiciones de trabajo hasta que se
dicte la sentencia judicial. La modificación priva a los trabajadores
de contar con este procedimiento judicial rápido y efectivo para
protegerse de modificaciones introducidas por el empleador.
-Indemnización por despido: Se excluye de la base salarial para el
cálculo de la indemnización por despido la parte proporcional del sueldo
anual complementario, bonificaciones no mensuales y toda compensación
y/o reconocimientos de gastos que el empleador efectúe hacia el
trabajador.
-Fondo de cese laboral: Los gremios empresariales
junto a los sindicatos signatarios de contratos colectivos podrán
establecer la constitución de un Fondo de cese laboral sectorial, para
asumir la cobertura de la indemnización por despido sin causa. Este
sistema reemplaza y sustituye al empleador en el cumplimiento de esas
obligaciones, y deja sin aclarar si el monto a percibir por el
trabajador es equivalente a los cálculos indemnizatorios previstos en la
normativa actual o si es el resultante de los aportes ingresados por el
empleador en dicho fondo.
-El despido sin causa es un acto
ilícito y la indemnización es su sanción. Un fondo como el propuesto
eliminaría el efecto disuasorio y permitiría que empresarios que ya han
amortizado las indemnizaciones se desprendan de trabajadores de mayor
antigüedad para contratar a empleados con menos derechos y cargas.
-Licencia por nacimiento de hijo Se amplía a entre 10 y 15 días
corridos el plazo de licencia por nacimiento de hijo y se establecen 15
días corridos de licencia por adopción de hijo y 10 días corridos por
unión convencional, equiparando a la licencia por matrimonio
-
Banco de horas: El empleador deberá abonar al trabajador que preste
servicios en horas suplementarias un recargo del 50 por ciento calculado
sobre el salario habitual si se trata de días comunes y de 100 por
ciento en domingos y feriados. Podrá establecerse un mecanismo de
permuta o compensación horaria, denominado "banco de horas", no siendo
considerada la hora como suplementaria siempre que las horas realizadas
en exceso en una jornada sean compensadas por la disminución en otra
jornada.
- Creación de la categoría del trabajador
independiente: El trabajador independiente que cuente con la
colaboración de hasta 4 trabajadores independientes para llevar adelante
un emprendimiento podrá acogerse a un régimen especial unificado que
contemple para estos últimos el aporte individual de una cuota mensual
que comprende la totalidad de los aportes a la seguridad social.
- Capacitación: Se crea un sistema nacional de formación laboral
continua, para el cual se establecerá un sistema por el cual todo
trabajador acceda, a lo largo de su vida laboral, a una cantidad de
horas de aprendizaje continuo. Será determinado en el nivel tripartito
de empleadores privados o públicos y trabajadores y esas horas quedarán
registradas en un Documento de Identidad Ocupacional.
Sin duda,
las reformas impulsadas por el gobierno en materia de precarización
laboral representan una avanzada feroz contra la estructura de derechos
que los trabajadores y trabajador a s argentinos conquistaron tras
décadas de luchas, incluyendo los siete años de la última dictadura
cívico-militar.
Rodolfo Koé Gutiérrez. Periodista económico
argentino, analista asociado al Centro Latinoamericano de Análisis
Estratégico (CLAE, www.estrategia.la)
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