Tres borradores de decretos ejecutivos de la administración anterior buscan legalizar la importación de residuos peligrosos
La propuesta es ilegal y pone en riesgo la salud y la vida natural |
Actualmente
la importación de residuos peligrosos está prohibida por la Ley para la
Gestión Integral de Residuos, Ley GIR N° 8839. Pero el Ministerio de
Salud quiere implementar mecanismos ilegales para permitir la entrada de
estas sustancias al país.
En la Federación para la Conservación de
la Naturaleza (FECON) vemos con preocupación la posibilidad de
legalizar la importación de residuos peligrosos mediante el borrador de
la “Reforma al reglamento general a la ley para la gestión integral de residuos" y el borrador del “Reglamento
para el trámite digital de registros y autorizaciones del ministerio de
salud en la gestión integral de residuos en la plataforma SINGIR”.
Ambos documentos contravienen la Ley GIR ya que permiten abiertamente la
importación y trasiego transfronterizo de residuos peligrosos.
Directamente contradice el Artículo 34 de la la Ley GIR 8839 el cual
prohíbe la importación de residuos peligrosos. Pese eso esta propuesta
de norma (decreto), de rango inferior a un a ley.
Las
propuestas de reglamentos dan la potestad a cualquier empresa o
individuo de tener permiso para el trasiego de “Materiales Peligrosos;
Residuos Peligrosos; Productos Plaguicidas; Fuentes y residuos
Radiactivos; y Productos y Residuos Biológicos; Lodos y Biosólidos
Ordinarios y Especiales”. Estos reglamentos flexibilizan la ley y
plantea requisitos y trámites para que esta práctica ilegal se realice.
Esto se agudiza aún más ya que los reglamentos inducen a inexactitudes o
confusiones al señalar a los residuos de manejo especial al llamarlos
“artículos de manejo especial”. Término inexistente en la Ley GIR.
El Convenio de Basilea, firmado por Costa Rica, faculta a los Estados a
aplicar su soberanía en materia de importación de residuo peligrosos.
Propiamente en el Artículo 3. Ámbito de aplicación dice: “5. Nada de lo
dispuesto en el presente Protocolo afectará en modo alguno a la
soberanía de los Estados sobre sus mares territoriales y ni su
jurisdicción ni el derecho en sus zonas económicas exclusivas
respectivas y plataformas continentales de conformidad con el derecho
internacional.”
FECON insta al Ministerio de Salud a desestimar
la idea de legalizar la importación de residuos peligros. Esto
contravine el principio precautorio o indubio pro-natura, el cual
promueve un criterio preventivo cuando existan condiciones que amenacen o
causen la pérdida de los recursos y bienes naturales. Por tanto
desobedecen el Artículo 50 de la Constitución Política.
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