Katu Arkonada*
La reciente decisión
del Tribunal Supremo Electoral de Bolivia de habilitar 8 binomios para
las elecciones generales da inicio al proceso electoral de cara a la
elección presidencial de octubre 2019.
Los binomios, 7 de oposición y el oficialista conformado por Evo
Morales, como candidato a presidente, y Álvaro García Linera, como
candidato a vicepresidente, tendrán que pasar por un proceso de
primarias el 27 de enero, que será de puro trámite, pues sólo se ha
presentado una fórmula por cada partido o coalición. Algo (presentar un
solo binomio, que en este caso es una fórmula ganadora) que parece
lógico en el caso del gobernante MAS-IPSP, pero que, en el caso del
resto de coaliciones, viene a repetir las lógicas del viejo sistema de
partido políticos.
La decisión de habilitar el binomio Evo-Álvaro ha sido duramente
contestada por una oposición que intenta instalar la idea de que Bolivia
vive una dictadura, siguiendo el relato de que Bolivia dijo No en un
referéndum, y por tanto la decisión de Evo Morales de repostularse es
inconstitucional.
En primer lugar, la oposición, política y mediática, parece olvidar
que, en 2006, 2007 y 2008, mientras golpeaban y humillaban a campesinos e
indígenas en las plazas de Sucre y Santa Cruz, o atacaban con cartuchos
de dinamita el exterior de la Asamblea Constituyente, en su interior la
correlación de fuerzas opositora imponía el hecho de una sola
reelección presidencial (algo que no estaba en el borrador inicial de
Constitución).
Esa misma oposición, política y mediática, olvida también que el 21
de febrero de 2016 solo pudo ganar un referéndum (51-49 por ciento)
mediante la mayor campaña de mentiras y manipulación de la historia
política boliviana, en lo que fue el inicio de las fake news en
Bolivia, fabricando la noticia de un hijo inexistente de Evo Morales,
para instalar en el imaginario de la población la idea de un presidente
relacionado con la corrupción.
En cualquier caso, es cierto que el artículo 168 de la Constitución
Política del Estado indica que el presidente y vicepresidente sólo
pueden ser relectos por una sola vez de manera continua (dado que el
Estado se refunda con la aprobación de la CPE en 2009, la reelección se
produjo en las elecciones de 2014). Así como también es cierto que
cuando el MAS impulsó un referéndum, mecanismo constitucional, para
modificar dicho artículo, el mismo fue ganado por 136 mil votos de
diferencia a favor de quienes impulsaban la opción de No a la reforma
constitucional para permitir la repostulación de Evo Morales.
A partir de ahí, fruto del conflicto político inherente a la sociedad
boliviana, pero también de la correlación de fuerzas y de la mayor
potencia de fuego opositora, física en el periodo del empate
catastrófico, y mediática en 2016, el MAS examinó las diferentes vías
que tenía por delante para, de forma democrática, volver a presentar a
Evo Morales como su candidato.
Se pusieron encima de la mesa cuatro vías, todas ellas
constitucionales: volver a realizar un referéndum, esta vez por
iniciativa ciudadana; reformar la Constitución mediante la mayoría de
2/3 del MAS en la Asamblea Legislativa Plurinacional; o habilitación por
renuncia, que implicaba apoyarse en el artículo 170 de la CPE y
renunciar antes de cumplir su mandato.
Finalmente, el MAS se decidió por una cuarta opción, un recurso al
Tribunal Constitucional Plurinacional basado en el artículo 256 de la
CPE que indica que los tratados internacionales firmados o ratificados
por Bolivia, y que declaren derechos más favorables a la propia
Constitución, prevalecen por encima de esta.
Y ahí entra en juego la Convención Americana de Derechos Humanos,
comúnmente conocida como Pacto de San José, y suscrita por Bolivia, que
establece en su artículo 23 que todos los ciudadanos y ciudadanas pueden
votar y ser electos, y que el único límite al ejercicio de dicho
derecho es por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma,
instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente,
en proceso penal.
Y como todas las constituciones están hechas para ser interpretadas
por una única institución calificada para ello, el Tribunal
Constitucional de cada país, el de Bolivia interpretó que, ante el
conflicto entre artículos y normas, y en una estricta lectura de la
Constitución, se debía pronunciar tomando la decisión menos restrictiva
para los derechos civiles y políticos de Evo Morales, habilitándolo para
repostularse.
El conflicto de estos días va a ser la tónica durante todo el 2019
una vez que se produzcan las elecciones primarias de enero. Una
oposición, política y mediática, fragmentada y con políticos del
neoliberalismo como principales candidatos, que ante la falta de
proyecto de país buscará desestabilizar al gobierno para impedirle
concentrarse en políticas públicas favorables a las mayorías sociales y
en una buena gestión económica.
Enfrente, un masismo que si bien tras 12 años de gobierno ve como su
hegemonía política se debilita, todavía sigue teniendo el único proyecto
político posneoliberal, un partido-movimiento que es el más grande de
la historia de Bolivia, y un liderazgo como el de Evo Morales, que
sintetiza y cristaliza los sueños, aspiraciones e imaginarios de las
clases populares.
*Politólogo expecialista en América Latina
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