Hacer trizas los pactos
que siembran la posibilidad de una paz para Colombia es una consigna de
la muy poderosa extrema derecha, que viene cumpliendo metódicamente el
Gobierno de Duque.
Uribe y Duque han negado constantemente los
avances alcanzados en la Mesa de Conversaciones con el Ejército de
Liberación Nacional; sin embargo, diferentes organizaciones valoran la
importancia de los Diálogos de Paz y por esta razón han realizado el
Depósito ante Naciones Unidas y otras instancias internacionales, de
todo lo firmado, tal y como la Delegación de Diálogos lo informó al
mundo desde La Habana el pasado 3 de julio.
Cumplir Acuerdos de Estado
Federico Mayor Zaragoza, ex Director de la UNESCO (1987-1999) y actual
Presidente de la Fundación Cultura de Paz; es un jurista experto y con
una amplia trayectoria en Derecho Internacional y Procesos de Paz.
Zaragoza, a comienzos de julio dio a conocer su Concepto Jurídico [1]
respecto al Protocolo de Retorno firmado entre el Estado colombiano y el
ELN, y que el Gobierno de Duque se niega a cumplir.
El pasado 5
de julio a través de una carta dirigida al Presidente Duque [2], el
jurista expuso sus elementos conceptuales referentes al Protocolo de
Retorno; en su misiva le recuerda a Duque que lo acordado en derecho
debe cumplirse, según el Artículo 26 de la Convención de Viena sobre el
Derecho de los Tratados de 1969. Además, enfatiza en que el Derecho
Internacional debe honrarse máxime cuando tiene como propósitos
superiores la paz y la humanización, y que no hay base alguna para
desconocer legítimamente lo que un Estado se obligó a respetar.
Mayor Zaragoza, le recuerda a Duque que lo firmado con el ELN, en
particular el Protocolo de Retorno, tiene un estatus especial al ser un
Acuerdo fundado en el derecho humanitario no disponible o renunciable
por las partes, suscrito ante seis países y validado en el derecho
interno del Estado.
La Fundación Cultura de Paz y Mayor
Zaragoza, son contundentes al recalcar que la Interpol no puede actuar
como Duque quiere, ya que los artículos 2 y 3 de los estatutos de este
organismo internacional, prohíben que este intervenga en casos políticos
y de conflicto armado como lo es el nuestro.
Es más, pone de
presente cómo hay una utilización no neutral sino inapropiada de los
medios de la Interpol, como las Circulares Rojas, en este caso por un
Gobierno que es parte en una confrontación, que criminaliza a los
enemigos políticos, y donde se mata sistemáticamente a los opositores.
Por supuesto, en ese marco Cuba no tiene en lo más mínimo obligación
jurídica de proceder como persecutor penal.
Finalmente, Zaragoza
recuerda que el Protocolo que dispone el Retorno de la Delegación de
Diálogos del ELN, tiene el objetivo de “asegurar una repatriación
segura, sin dilaciones o sin poder encajar otras cuestiones, mucho menos
las de tipo penal o de persecución judicial, y sin dar cabida a
supuestas razones de incumplimiento por hechos ajenos a la Mesa, con
efectos sancionatorios”.
Notas
[1] Concepto Jurídico. http://www.rebelion.org/docs/ 258251.pdf
Rebelión ha publicado este artículo con el permiso de la autora mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.
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