Desde que en 1977 tuvo que exiliarse en España, Carlos Slepoy no deja
de ejercer la abogacía en favor de los Derechos Humanos. Galardonado
con diversos premios por su trabajo, ha sido conocido mundialmente por
juzgar a genocidas y criminales como el dictador chileno Augusto
Pinochet, quien gracias a su labor, en conjunto con el juez Baltasar
Garzón, fue detenido en 1998 durante un viaje a Inglaterra para una
intervención médica. Actualmente forma parte de la Coordinadora Estatal
de Apoyo a la Querella Argentina contra los Crímenes del Franquismo.
- Comunidades
indígenas desterradas por topadoras sojeras, toneladas de agua y
millones de hectáreas contaminadas por el uso de cianuro y agrotóxicos,
miles y miles de ciudadanos arrojados a la pobreza y a la exclusión en
todo el mundo. ¿Cómo se está trabajando para intentar cambiar este
estado de cosas?, ¿Se puede trazar un paralelismo con la lucha por los
derechos humanos en épocas de las dictaduras?
Las
cuestiones que plantea la pregunta son diversas, pero tienen un
elemento común: la economía y el conocimiento puestos al servicio del
lucro y no al de la satisfacción de las necesidades humanas y el
respeto a la naturaleza. Hay quienes opinan que estas prácticas
acreditan el invariable egoísmo, a través del tiempo, de la especie
humana y son en consecuencia, y en esencia, irresolubles.
Actuar sobre los males y aberraciones que produce el sistema económico
y social que nos ha tocado vivir no sólo es posible y necesario, sino
que colabora a desentrañar, y combatir las causas que los producen. Las
luchas parciales no se agotan en sí mismas sino que ayudan a pensar y
construir un mundo distinto. Lo ejemplificaré con las luchas que se han
dado, y los logros que se han obtenido, en la persecución y sanción de
quienes cometen los que, en sentido genérico, calificamos como crímenes
contra la humanidad, es decir, que lesionan a la humanidad como tal,
como sujeto de derechos.
Las normas sancionadoras del derecho
penal cumplen, a estos efectos, un papel que va mucho más allá de la
sola represión de los delitos y de la prevención que ésta genera en
cuanto anuncio cierto de que al crimen sucederá la persecución y la
aplicación de la pena.
Estableciendo normas prohibitivas de
determinados hechos y, con ello, promoviendo el valor social de los
bienes jurídicos agredidos por estas conductas criminales, nos
interpela a preguntarnos por qué acaecen y, sancionándolas, cuestiona y
deslegitima sus causas. Pone en tela de juicio la estructura social
productora de los ilícitos y nos convoca a construir una realidad
distinta. Perseguir eficazmente a quienes cometen crímenes contra la
humanidad constituye así una premisa necesaria para mejorar el mundo.
Renunciar
a hacerlo no sólo deja sin castigo conductas que conforme al estadio
actual de la conciencia universal no pueden dejar de ser sancionadas y
promueve que se reiteren, sino que promueve el disvalor de la
impunidad. Vivimos, como lo han hecho antes las generaciones que nos
precedieron, habituados a este disvalor. Los delincuentes menores y los
terroristas que actúan contra las instituciones de los Estados son
perseguidos y sancionados como regla general y, también como norma, no
se persigue ni sanciona a los grandes delincuentes ni a los terroristas
de Estado. Sus influencias, sus cómplices, sus armas, su posición
social, su estrecha relación con grupos económicos y sociales
poderosos, su control sobre las instituciones, su capacidad de
intimidación criminal determina que sus delitos no sean penados. Más
aún, se elaboran y lanzan mensajes conforme a los cuales perseguirlos
penalmente colabora a la desestabilización de los países e impide la
reconciliación social.
Frente a esta realidad lacerante se han
venido abriendo conceptos como la imprescriptibilidad de los crímenes
contra la humanidad; la persecución y castigo, a través del principio
de justicia universal, de quienes los cometen cualquiera sea el lugar
en que los hayan perpetrado; la irrelevancia e ineficacia de leyes de
impunidad para impedir su juzgamiento, etc. La aplicación de estos
principios es producto de un largo proceso histórico y debe su
consagración al esfuerzo indoblegable de miles de víctimas de crímenes
atroces y múltiples organismos sociales y de derechos humanos. Hasta no
hace mucho tiempo se instrumentaba el discurso de que su aplicación
vulneraba el principio de legalidad, la seguridad jurídica, la
soberanía de los países donde se cometen los crímenes. Su consagración
en el derecho internacional no sólo ha demostrado que las batallas
dadas han sido fructíferas sino que estimulando a las poblaciones
agredidas y acorralando a los criminales, ha colaborado en gran medida
para que la justicia negada, a veces durante décadas, empiece a actuar
allí donde antes sólo reinaba la impunidad.
Como las grandes
tareas de trascendencia histórica tienen aún un largo trecho por
recorrer. No se ha logrado todavía alcanzar a los criminales con mayor
poder y asistimos a la invasión, bombardeo y destrucción de países sin
que ninguna instancia judicial sea capaz de instruir procesos para que
sus responsables rindan cuenta ante la justicia. Pero la brecha está
abierta y sin duda se seguirá profundizando. Y lo hará porque ello
constituye una necesidad para la humanidad.
Franquismo y después… -¿En
qué situación está en la actualidad todo el trabajo que se ha venido
haciendo desde la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina
contra los Crímenes del Franquismo?, ¿Qué pasó con la orden de captura
internacional contra los torturadores Jesús Muñecas Aguilar, Celso
Galván Abascal, José Ignacio Giralte y Juan Antonio González Pacheco,
dictada por la jueza Servini de Cubría? Lo que se conoce
como la querella argentina contra los crímenes del franquismo – en
realidad son muchas querellas y denuncias de muchas personas y
asociaciones, unificadas en una misma causa- ha tenido notables
avances, en especial en este último año. Entre otros, se habilitaron
los consulados argentinos en todo el mundo para recibir gratuitamente
denuncias de las víctimas; se han celebrado videoconferencias venciendo
la inicial oposición del gobierno español; la jueza ha viajado a España
para tomar declaración a personas imposibilitadas de trasladarse y los
jueces, de distintas provincias, prestaron plena colaboración haciendo
ellos mismos las preguntas que proponía la jueza; se han dictado
órdenes internacionales de detención contra las personas que se
mencionan en la pregunta –dos de ellas han fallecido– lo que implica
que si son halladas fuera de España pueden ser detenidas por INTERPOL y
extraditadas a Argentina para ser juzgadas. Asimismo se
solicitó a España su extradición, que fue denegada por la justicia
española con el insólito argumento de que las torturas fueron aisladas,
no constituían en consecuencia crímenes de lesa humanidad y, por lo
tanto, estaban prescriptas, lo que impedía el juzgamiento de estas
personas y, por ende, su extradición. Y ello aunque se cometieron en
una dictadura que reprimía salvajemente, fusilaba, torturaba
sistemáticamente, reprimía los derechos de huelga, de reunión de
asociación y un largo etcétera. En todo caso, fue muy importante que
por parte del gobierno español se diera traslado a la justicia de los
pedidos de extradición. Fue algo que no se esperaba que ocurriera
prácticamente por nadie y que nosotros no pudimos conseguir en los
juicios que se llevaron a cabo en Madrid respecto de los criminales de
las dictaduras argentina y chilena. Todo esto no hubiera sido
posible sin el magnífico trabajo de difusión, visibilidad y búsqueda de
apoyos que viene desarrollando la Coordinadora Estatal de Apoyo a la
Querella Argentina contra los Crímenes del Franquismo que está
integrada por distintas plataformas de apoyo en distintas comunidades
autónomas, que a su vez nuclean a distintas asociaciones. En Argentina
también existe una plataforma de apoyo que está integrada entre otras
asociaciones por la CTA. Como siempre, es el movimiento social el que
garantiza que crezcan, y vayan logrando sus objetivos, procesos
judiciales de esta naturaleza.
-Quizás el ejemplo más claro
de que las estructuras franquistas han dejado una huella profunda en la
vida política, social y cultural española es que las víctimas del
terrorismo de Estado –que duró más de 40 años– no pueden declarar en su
propio país donde los crímenes de lesa humanidad quedaron impunes por
la Ley de Amnistía de 1977, ¿De qué manera se organizan los españoles
para luchar contra estas estructuras? El franquismo, con
el apoyo del nazismo alemán y el fascismo italiano, con los cuales
compartía intereses e ideología, se sublevó contra el gobierno legítimo
de la Republica con la proclamada intención de erradicar de la Nación
española a todos aquellos grupos humanos –políticos, sociales,
culturales, etc.– que se oponían al modelo de Estado nacional-católico
que pretendía establecer y finalmente implantó. Estos grupos
estaban constituidos por cientos de miles de personas que fueron
eliminadas en forma sistemática, participaran o no en la guerra civil.
Son innumerables las matanzas producidas en amplias zonas de Galicia,
Aragón, el País Vasco, Andalucía, la actual Castilla-León, la provincia
de Cáceres, las islas Baleares y Canarias, entre otras, que fueron
tomadas sin que hubiera apenas resistencia. El plan de exterminio se
produjo primero en estos lugares y luego, a medida que el ejército
sublevado fue ocupando más territorios, en el resto de España.
Se trata por lo tanto de un proceso genocida plenamente consumado cuyas
secuelas perduran fuertemente. Una manifestación de ello fue que
durante la transición de la dictadura a la democracia se establecieran
por un lado pactos de impunidad que están actualmente vigentes y, por
otro, que prácticamente todos los funcionarios del franquismo se
incorporaron a las instituciones, entre ellos los que integran la
administración de justicia. El resultado fue que se “naturalizó” la
impunidad. Por eso no es extraño que el Tribunal Supremo de
España haya resuelto que los crímenes no pueden ser investigados ni sus
responsables perseguidos con el peregrino argumento, entre otros, de
que en el momento de su comisión, los crímenes contra la humanidad no
estaban contemplados en la legislación española – ahora si lo están – y
por lo tanto que no se podían aplicar retroactivamente ni podían ser
declarados imprescriptibles. Además de que, en todo caso, los autores
de los mismos son beneficiarios de la ley de amnistía. Como se ve los
mismos argumentos que se utilizaron en Argentina durante más de una
década para justificar la impunidad. Por otra parte, y como caso único
en la historia moderna, ha llegado al colmo de procesar a un juez
(Garzón) por pretender investigar crímenes contra la humanidad.
La justicia española y el Tribunal Supremo habían ganado mucho
prestigio con el procesamiento y persecución internacional de militares
chilenos y argentinos, la condena al marino argentino Scilingo o la
detención de Pinochet, a los que había aplicado los principios que hoy
niega en relación con el franquismo. Su involución y su descrédito son
mayúsculos. Ello se explica, como decía, por la continuidad en las
altas esferas del Estado, y de la justicia en particular, de
importantes remanentes del franquismo y es posible porque se ha
desarrollado una política deliberada para garantizar la impunidad de
los criminales, no para escuchar, proteger y reparar a las víctimas del
franquismo. A pesar de todo esto, ha surgido desde hace poco
más de una década la llamada generación de los nietos. Se trata de
personas ya adultas que buscan los restos de sus abuelos en fosas
comunes y que, como regla general, no eran buscados por sus hijos,
dados el terror imperante y la impotencia que éste generaba. De a poco,
ello ha ido dando lugar a la emergencia de otros sectores como los de
familiares de niños robados, familiares de fusilados, ex presos
políticos, torturados, víctimas del trabajo esclavo, exiliados, etc.,
que han desarrollado asociaciones en toda la geografía española, que
ponen en jaque a la impunidad y que adoptan diversas iniciativas. La
querella argentina es un producto de esta fuerte corriente y a su vez
la alimenta y potencia. Esperamos que de la misma manera que los
denominados juicios de Madrid colaboraron al fin de la impunidad en
nuestro país, sus actuaciones logren lo mismo en relación con los
crímenes cometidos como parte de uno de los mayores genocidios
cometidos en el siglo pasado.
-Otra de las cuestiones que
tampoco tienen lugar en la justicia española es el robo de bebés
durante la dictadura franquista, ¿en qué estado está ese tema?
Garzón señaló en sus resoluciones que desde el comienzo de la guerra
civil, y más específicamente una vez terminada, y hasta 1.950, hubo más
de 30.000 niños apropiados a través de un plan legalizado a través de
decretos dictados al efecto. Esta apropiación reglamentada de hijos e
hijas de mujeres republicanas presas se transformó luego en práctica
sistemática hasta comienzos de los años 90. En esta segunda etapa con
ánimo de lucro y aprovechando las instituciones y funcionarios del
Estado que fueron autores, cómplices o encubridores de estos crímenes.
Su número es incalculable. Hay quienes cifran en varias decenas de
miles los niños y las niñas robadas y con su identidad sustituida. No
se sabe con certeza porque hay un ocultamiento absolutamente consciente
y premeditado para que los hechos no sean investigados. En
Argentina fueron aproximadamente 500 los niños apropiados, en España
son decenas de miles. Se privó a las niñas y niños de su identidad y se
la sustituyó por la que le imprimieron los apropiadores. Se enmarcó en
la deliberada política de exterminio de que antes hemos hablado. En
este caso privando de sus hijos a los integrantes de aquellos grupos
humanos que los represores estimaban nocivos para el nuevo Estado o
nación que se proponían crear. La apropiación de niños y niñas por
parte del Régimen franquista es una conducta típica del accionar
genocida. Frente a esta situación la inacción por parte de las
instituciones estatales para averiguar el destino de estos menores y
restituir su identidad es prácticamente absoluta. Sigue la tónica de la
impunidad de todos los crímenes del franquismo. En los pocos casos en
que hay investigación, se desarrolla como si se tratara de casos
aislados. Se desconoce conscientemente que fueron actos generalizados y
sistemáticos de una trama delictiva sostenida y alimentada desde las
estructuras e instituciones de la dictadura.
-Usted dijo
alguna vez que los tribunales internacionales responden a los intereses
de las grandes potencias y del imperialismo, ¿de qué manera se puede
luchar contra estos poderes para que la justicia esté del lado del
pueblo y la ciudadanía? Una de las herramientas
fundamentales es la aplicación generalizada del principio de justicia
universal, es decir, la actuación de los tribunales de justicia de los
distintos países del mundo en la persecución de quienes cometen
crímenes contra la humanidad, cualquiera sea el lugar o tiempo en que
los cometan e independientemente de la nacionalidad de víctimas y
victimarios o los intereses particulares del Estado al que pertenezcan
los tribunales actuantes. En la medida que estos crímenes
lesionan y ofenden a la humanidad, su comisión debe determinar la
actuación de distintas jurisdicciones nacionales en protección de
bienes jurídicos que son universales. Lo que se promueve es la acción
pacífica de la justicia y no lo exactamente contrario: la violenta y
criminal intervención en el territorio de otros países. Nos
proponemos utilizarlo ahora en la presentación de una querella ante
juzgados federales de Buenos Aires –ya se interpuso una denuncia penal
ante los juzgados de Córdoba– por la reciente masacre cometida en Gaza
por el Estado de Israel. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos
instó a los países de América, mediante sendas resoluciones, en los
años 1998 y 2003, a ejercer la jurisdicción universal. En distintos
instrumentos internacionales, incluido el Estatuto de Roma de la Corte
Penal internacional, se convoca a los Estados a comprometerse en la
investigación y el enjuiciamiento de los responsables de los crímenes
internacionales que contemplan: crímenes de guerra, genocidio, crímenes
de lesa humanidad, delito de agresión. Por otra parte el
objetivo último es fortalecer el desprestigio y la repulsa
internacional hacia quienes cometen estos delitos; hacer sentir a las
víctimas la solidaridad internacional; poner de manifiesto las
múltiples y variadas violaciones que de elementales derechos viene
sufriendo desde hace décadas el pueblo palestino; apoyar a los judíos
que dentro y fuera de Israel se oponen a lo que está ocurriendo;
colaborar para que se detengan las masacres y contribuir a un futuro de
justicia, entendimiento y paz entre ambos pueblos. Debemos
pensar primero que la aplicación efectiva del principio de jurisdicción
universal es muy reciente y que constituye un nuevo paradigma
civilizatorio, un corte epistemológico con la concepción, que hasta
hace poco se tenía, de que la impunidad de los más graves crímenes
contra los seres humanos podía ampararse en supuestas soberanías o de
que la guerra y la destrucción podrían ser un modo legítimo de
resolución de los conflictos. Se opone y enfrenta tanto a la
intervención violenta, en forma directa o indirecta, en los asuntos de
otros Estados, como a la resignación frente a la violación masiva e
impune de los derechos humanos.
Entrevista publicada en el periódico 106 de la CTA
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