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martes, 22 de marzo de 2016

No hay indígena inocente para los tribunales de la justicia blanca



Los escribanos de los invasores europeos cuentan que en el actual Departamento de Cajamarca, Perú, en 1534, los civilizados europeos con engaños apresaron al entonces Inca Atahualpa (jefe supremo en ejercicio del Incario), y con la Biblia en mano, y en un idioma desconocido por el acusado, lo enjuiciaron y lo quemaron vivo, para escarmentar a todos cuantos opusiesen resistencia a la violenta invasión española. No sin antes obtener la fianza económica entregada por el Inca (consistente en dos piezas/habitaciones llenas de oro y otras tres piezas repletas de plata)
Hace dos días atrás, presencié y escuché las conclusiones y la sentencia del Juez que conoció el caso seguido por la Fiscalía contra el Hurto de Fluido Eléctrico y la empresa judía ENERGUATE (propiedad de la Corporación Israelí POWER) en contra de tres indígenas, defensores mayores de derechos (Mauro Vay, Blanca Ajtún y Mariano García), por los delitos de actividad contra la seguridad interna de la nación y tentativa de estafa, en la Torre de Tribunales de la ciudad de Huehuetenango, a 260 Km al noreste de la ciudad capital de Guatemala.
Como defensor (abogado) internacional de derechos humanos, presencié y documenté el procedimiento técnico/jurídico in extenso durante las cuatro tediosas jornadas que duró la Audiencia Pública.
Leí con ojo clínico cada uno de los folios del expediente respectivo. Entrevisté en varias oportunidades a los defensores indígenas acusados, y al abogado defensor. Abordé el tema con el personero y abogados de ENERGUATE, y con el Fiscal del caso. Entrevisté a más de uno de los testigos indígenas/comunitarios que la Fiscalía y ENERGUATE hizo desfilar a la Audiencia para “probar la responsabilidad de los acusados”.
Como investigador, acompañé el proceso del diagnóstico sobre las causas de la conflictividad social persistente y creciente por el suministro del servicio de la energía eléctrica en el área rural del Guatemala, cuyo resumen ejecutivo se publicó, en 2014, bajo el título: “La privatización del derecho a la energía eléctrica. Impactos socioeconómicos y convulsión social creciente” [1]. Donde no sólo se evidencia (con datos de CELAM) los injustificados y exagerados cobros que realiza la empresa distribuidora de electricidad en Guatemala, sino también la responsabilidad de ENERGUATE, en complicidad con el Estado, como causante de la convulsión social y criminalización de las y los defensores comunitarios del derecho a la energía eléctrica.
Ni en el expediente, ni en la Audiencia Pública, la Fiscalía-ENERGUATE pudieron mostrar pruebas materiales que relacionasen a los acusados con los dos delitos antes referidos. Más por el contrario, los testigos en su narrativa expresaron contradicciones de fondo en relación al suceso “criminal” descrito en el pliego acusatorio.
La justicia blanca recurre a otros indígenas para condenar a indígenas inocentes
El debate/examen público de la declaración de testigos y de los documentos probatorios, evidenció el “sin sentido” de dicho proceso judicial, tanto por la ausencia del cuerpo del delito, como por la inexistencia de la conducta antijurídica atribuible a los acusados.
Pero, para “sorpresa” de la básica razón jurídica, el Juzgador, “en base a las pruebas testimoniales”, declaró culpables por el delito de estafa en grado de tentativa a los tres defensores, y los absolvió del delito de atentados contra la seguridad interna de la nación.
Uno de los testigos presentados por la Fiscalía/ENERGUATE, luego de su declaración, al ser abordado/entrevistado en el frontis de la Torre de Tribunales, sintetizó la “veracidad” de su testimonio en la Audiencia en los siguientes términos: “Soy agricultor. Pago por la electricidad Q. 150.00 mensuales ($20.00) a ENERGUATE… No se nada de lo que pasa. A mí me trajo ENERGUATE aquí, me pagó mi pasaje y mi día…”.
Este mismo testigo indígena maya man, cuyo empobrecimiento y grado de exclusión corporizaba su rostro anémico, y mirada culpable, declaró minutos antes en la Audiencia, que: “Pagaba a ENERGUATE por la electricidad Q.35.00 mes. Que los acusados le habían ofrecido desconectarle de los medidores”.  Otro testigo (Alcalde Auxiliar) dijo haber escrito un acta sobre la detención de los acusados, pero no recordaba el contenido de dicho documento. Así, desfilaron los malinches y felipillos empobrecidos (a cambio de unos centavos) para atestiguar en contra de sus defensores mayores.
En base a estos y otros testimonios similares se los declaró culpable a los defensores indígenas, igual o peor que en la época de la invasión y Colonia española.
Estos tres defensores, el 26 de junio del 2014, fueron capturados y secuestrados por agentes locales de la empresa ENERGUATE (como evidencia la fotografía tomada in situ y presentada por Blanca Ajtún). Para luego se entregados a los agentes de la Policía Nacional, bajo la diligencia del abogado de ENERGUATE, sin que mediara orden de captura, ni flagrancia de delito alguno.
Por más de tres meses fueron encarcelados, mientras sus captores y secuestradores se agenciaban de testigos, e intentaban convertirlos en criminales (enemigos internos del Estado) desde los medios de información. No sin antes, al igual que en el caso de Atahualpa, solicitar infructuosamente la fianza económica de 3 millones de Quetzales (cerca de 400 mil dólares) por la libertad condicional de los tres. Finalmente, lograron Q.60.000 de fianza.
Para el blanco, la presunción de la inocencia.  Para el indígena, la presunción de la culpabilidad
Como en la Cajamarca del siglo XVI, estos defensores indígenas fueron llevados a juicio en un idioma y en un sistema jurídico extraño a ellos. Los juzgaron con una Ley y con un tecnicismo lingüístico reservado para abogados (vestidos con uniforme de la servidumbre real inglesa del siglo XVII). Como hace cinco siglos atrás, los defensores indígenas acusados expusieron sus derechos y la razón de sus luchas, pero el Tribunal los oyó, pero no los escuchó. Los miró, pero jamás los vio como inocentes.
Al Juez, al Fiscal y personeros de ENERGUATE, verdaderos extranjeros para el mundo maya, no sólo los unía el interés empresarial que defendían, sino también fenotipo corporal que los diferenciaba de los defensores indígenas acusados.
Como hace cinco siglos atrás, los condenó un Juez extraño, en un sistema judicial racista, con una Ley hecha a la medida de los intereses de los patrones blancos. Una Ley que los actuales agentes de las corporaciones neoliberales, en complicidad con los estados blancos, utilizan como Biblia para criminalizar, e intentar escarmentar /contener a los pueblos indígenas organizados en defensa de sus derechos y territorios.
Nota:

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