Luis Britto García
La Jornada
1 - Una y otra vez se ve
Venezuela en la obligación de defender la soberanía que sus propios
gobiernos inadvertidamente entregan. Desde hace décadas llevo adelante
una campaña para que denunciemos todos los tratados que violan nuestra
inmunidad de jurisdicción y declaran incompetentes a nuestros tribunales
para resolver nuestras controversias de orden público, sometiéndonos al
veredicto de tribunales, cortes, árbitros u organismos extranjeros.
Pero siguen pendiendo sobre la república los infames tratados contra la
doble tributación, en virtud de los cuales las trasnacionales no pagan
impuestos en Venezuela. Nos retiramos por fin del Centro Internacional
de Arreglo de Diferencias sobre Inversiones (Ciadi), pero quedan
pendientes unos 30 litigios con relación a los cuales nuestro país
soporta ruinosas condenas. Finalmente denunciamos la Carta
Interamericana de los Derechos Humanos, pero la OEA sigue redactando
libelos condenatorios contra nuestro país, y tratando de aplicarnos su
injerencista Carta Democrática.
2 - El nefasto 11 de septiembre de 2011, cuando Estados
Unidos sufre sospechoso atentado que le servirá de excusa para invadir
países que nada tuvieron que ver con él, se suscribe en Washington la
Carta Democrática de la OEA. Estados Unidos no la suscribe: la Carta no
es para controlarlo a él, sino a sus víctimas. Su finalidad se aclara
justamente ocho meses después, el 11 de abril de 2002, cuando el
embajador estadunidense James Shapiro aparece en las primeras planas
afirmando que Venezuela estaría fuera de la Carta Democrática,
pretendiendo así legitimar el golpe de Estado que reventaría horas
después.
3 - Perdimos la oportunidad de retirarnos de ese instrumento
intervencionista cuando teníamos la mayoría parlamentaria; ahora debemos
atenernos a las consecuencias. El ministerio de colonias de Estados
Unidos, la OEA, trata una vez más de usar la Carta Democrática para
acabar con la democracia.
4 - Al respecto, según el artículo 19 de la citada Carta Democrática,
la ruptura del orden democrático o una alteración del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrático en un Estado miembro constituye, mientras persista, un obstáculo insuperable para la participación de su gobierno en las sesiones de la Asamblea General, de la Reunión de Consulta, de los Consejos de la Organización y de las conferencias especializadas, de las comisiones, grupos de trabajo y demás órganos de la organización.
5 - Pero, ¿cómo se declara este supuesto
obstáculo insuperable? Según el artículo 21 ejusde m,
Cuando la Asamblea General, convocada a un periodo extraordinario de sesiones, constate que se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, conforme a la Carta de la OEA tomará la decisión de suspender a dicho Estado miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEA con el voto afirmativo de los dos tercios de los estados miembros. La suspensión entrará en vigor de inmediato. Nótese que se requieren
ruptura del orden democráticoo
alteración del orden constitucionalque lo afecte gravemente, más votos de los dos tercios de los estados miembros. Ninguno de dichos supuestos se cumple. Para invocar la carta necesitarían reunir las dos terceras partes de los votos, 23 de 34, cosa improbable. Y en el supuesto negado de que se aplicare, ello sólo puede acarrear
la decisión de suspender a dicho Estado miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEA, lo cual, más que castigo, es un premio. ¡Sólo cuando dejemos de estar sometidos a sentencias de jueces, juntas, cortes, tribunales, árbitros o ministerios de colonias y otros entes extranjeros recuperaremos la plenitud de nuestra soberanía!
PD: No se pierda el estreno de La planta insolente: un hombre contra seis imperios,
con dirección de Román Chalbaud y guión de un servidor, que cuenta cómo
Venezuela defendió su soberanía contra la agresión de seis potencias
imperiales.
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