Guatemala
El Congreso de
la República aprobó recientemente una serie de reformas al Código de
Trabajo con las cuales se aduce que dan cumplimiento a los
requerimientos de los órganos de control de la Organización
Internacional del Trabajo –OIT- relativos a dotar a la Inspección de
Trabajo de poder sancionatorio directo.
El Movimiento
Sindical Indigena y Campesino Guatemalteco (MSICG), en su oportunidad
remitió un despacho calificado al pleno del Congreso de la República así
como comunicaciones dirigidas a los Jefes de bloque y diputados en
particular, explicándoles las razones por las cuales las citadas
reformas, lejos de ajustarse a lo requerido al Estado de Guatemala en
cumplimiento de los Convenios Internacionales ratificados ante OIT,
representan un grave retroceso ya que insisten en un modelo de
regulación que ya fue aprobado en una ocasión sorprendiendo la buena fe
de la OIT y que fue declarado inconstitucional por parte de la Corte de
constitucionalidad.
Este modelo, además de insistir en el trato
inadecuado del conflicto, traslada a los Inspectores de trabajo
facultades que corresponden con exclusividad a la jurisdicción privativa
de trabajo por mandato del artículo 103 de la Constitución política de
la República y genera condiciones de menos celeridad a la imposición de
sanciones toda vez que, contrario a la regulación actualmente vigente en
que el procedimiento es sometido a un máximo de dos instancias ante los
tribunales y salas de trabajo y previsión social y la posibilidad de
dos instancias más correspondientes al amparo, el procedimiento
introducido por la reforma adiciona dos instancias obligatorias en sede
administrativa a las que se suman las dos ante la jurisdicción privativa
de trabajo y previsión social y la posibilidad de las dos instancias
ante la jurisdicción privativa constitucional; es decir, se trata de un
procedimiento que no otorga poder sancionatorio directo a la inspección
de trabajo, sino que difiere esto en un procedimiento con la posibilidad
de tener que agotar seis etapas para poder imponer una sanción. Se
trata pues, de un nuevo bulo a la OIT y sus órganos de control y de un
procedimiento con el cual los diputados del Congreso de la República
garantizaron por tiempo indefinido impunidad total a los empleadores que
violen los derechos de los y las trabajadoras en el país especialmente
los derechos relacionados con la libertad sindical.
Preocupa
sin embargo que este tipo de medidas sea impulsado de manera deliberada
para hacer una burla de los trabajadores y trabajadoras, del Derecho del
trabajo y del sentido común para justificar el turismo en Ginebra de algunos funcionarios públicos con recursos del Estado de Guatemala,
como lo es el caso de los diputados Aníbal Rojas, de Visión con Valores
VIVA; Alejandra Carrillo, del Movimiento Reformador –MR-; Ovidio
Monzón, de TODOS; Marco Antonio Lemus, de la Unidad Nacional de la
Esperanza –UNE- y el diputado oficialista Edgar Armando Sandoval, bajo
el argumento de que irán a presentar el avance, o mejor dicho hacer mofa
directa de los órganos de control de OIT, a Ginebra, obviando que los
supuestos avances pueden ser comunicados por vías menos onerosas para el
pueblo de Guatemala y menos placenteras para los señores diputados, o
bien, ser presentados al Representante del Director de la OIT en
Guatemala, cuya oficina es permanente y cuyo mandato es precisamente
ese.
Debe recordarse que la lógica del viaje innecesario
financiado con fondos públicos, teniendo como argumento la situación de
Guatemala en OIT ha derivado que al menos desde el año 2013, el erario
público haya debido financiar la agenda turística de por lo menos 15
funcionarios públicos cuya presencia no era necesaria en la Conferencia
Internacional del Trabajo en Ginebra, atractivo que seguramente ha sido
considerado por los miembros de la Comisión de Trabajo del Congreso de
la República, y particularmente por el Presidente de la misma, diputado Ovidio Monzón,
como un beneficio adicional al que ya le representa el contar con
servicios pagados por el Congreso y no cotizar al IGSS, esto porque debe
recordarse que sin que su presencia fuere necesaria, asistió junto a
otros 4 diputados de la misma Comisión a la Conferencia Internacional
del Trabajo realizada en Ginebra en el 2016, ahora se inventan otro
viaje innecesario y no cabe duda que buscarán que el pueblo les financie
un nuevo viaje a la Capital Suiza bajo el pretexto de asistir,
nuevamente de manera innecesaria, a la Conferencia Internacional del
Trabajo de 2017.
El MSICG lamenta que la grave situación de los
derechos laborales y la libertad sindical en Guatemala ante la
imposición de una hoja de ruta que no aborda la problemática de fondo,
una por demás discreta representación del Director de OIT en Guatemala,
de supuestas representaciones sindicales que sobre la base de la evasión
del problema siguen manteniendo el statu quo de sus caciques y la
agenda viajera tanto propia como la de funcionarios públicos que han
descubierto en esas condicionantes argumentos para justificar el viaje a
costillas de la población en la ausencia de voluntad para el impulso de
soluciones reales, tan sólo están dando lugar a la generación de
condiciones de mayor impunidad y más precariedad para las trabajadoras y
trabajadores.
El MSICG, teniendo en cuenta que una regulación
similar aunque con menos vicios que la aprobada por el Congreso ya fue
declarada inconstitucional por la Corte de constitucionalidad, bajo la
lógica de resolución igual de igual supuesto que se impone como
parámetro mínimo de resolución al menos formalmente justa, estará, en su
momento oportuno, impugnando la constitucionalidad de tales reformas
ante el citado Tribunal constitucional, como lo ha hecho de manera
constante con la normativa que afecta los intereses de las trabajadoras y
trabajadores que ha venido aprobando el actual Congreso de la
República.
Movimiento Sindical Indigena y Campesino Guatemalteco
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