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miércoles, 19 de febrero de 2014

Evitan resolver sobre amnistía para exdictador guatemalteco Ríos Mont

Guatemala, 19 feb (PL) La Sala Segunda de la Corte de Apelaciones evitó pronunciarse sobre una eventual amnistía para el exdictador guatemalteco Efraín Ríos Montt, encontrado culpable de ser autor intelectual de actos genocidas en un juicio anulado por la Corte de Constitucionalidad (CC).
Los tres magistrados de la mencionada instancia judicial enviaron el respectivo expediente a la Corte Suprema de Justicia, al alegar que este proceso es ventilado por un Tribunal de Mayor Riesgo y no puede ser conocido por un órgano judicial de menor jerarquía.

La segunda sala fue designada la semana pasada para resolver respecto a una amnistía solicitada por Ríos Montt y su antiguo jefe de inteligencia militar, José Rodríguez, después que más de 60 magistrados de la Sala Primera de Apelaciones se excusaran de conocer el caso.

Ambos exmilitares el año pasado enfrentaron un juicio, acusados de ser los autores intelectuales del asesinato de mil 771 indígenas de la etnia maya ixil.

El Tribunal A de Mayor Riesgo encontró culpable al expresidente golpista (marzo de 1982 a agosto de 1983), mientras Rodríguez quedó absuelto, según la sentencia emitida el 10 de mayo de 2013, anulada 10 días después por la CC.

Durante el debate desarrollado en 2013, más de un centenar de ixiles dieron fe de homicidios y violaciones cometidas por uniformados cuando gobernó de facto Ríos Montt.

Varios testigos declararon ante el Tribunal A de Mayor Riesgo sobre la política de tierra arrasada, la persecución, la quema de viviendas y pertenencias, y demás crímenes ocurridos durante la dictadura del exmilitar que hoy tiene 87 años y está bajo arresto domiciliario.

Para el 5 de enero de 2015 se programó un nuevo juicio contra el exjefe de Estado Ríos Montt y Rodríguez, anunció el Tribunal de Mayor Riesgo B en noviembre pasado.

La CC ordenó el 22 de octubre de 2013 a la Sala Primera de la Corte de Apelaciones argumentar por qué el exdictador no sería beneficiado con un indulto sobre la base de un acuerdo firmado en 1986.

El Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (Caldh), uno de los querellantes en la causa, consideró inaplicable la amnistía para Ríos Montt, condenado por delitos de genocidio y lesa humanidad.

La Ley de Reconciliación Nacional prevé la amnistía para delitos políticos cometidos durante el conflicto armado interno (1960-1996), pero la limita para genocidio, tortura y desaparición forzada, aclaró el Caldh en un comunicado.

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