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domingo, 18 de diciembre de 2016

El salario no es ganancia pero la Ley seguirá diciendo que si


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El debate por la modificación de la ley del Impuesto a las Ganancias, con media sanción en Diputados y aún trabada en Senadores, se centró en dónde poner el límite para pagar o no pagar y de dónde sacar la plata para recuperar lo que se dejará de recaudar. La esencia del reclamo de trabajadores y trabajadoras en actividad o ya jubilados, se perdió en una marea de números y negociaciones políticas.

Qué se discute cuando se habla de la modificación del Impuesto a las Ganancias, debería ser la pregunta a hacernos entre tantas informaciones que circulan, opiniones encontradas, proyectos que se cruzan en los debates parlamentarios y comunicacionales.

Empezando por una conclusión, creemos que se ha perdido el eje que desde un inicio fue el reclamo de los trabajadores y trabajadoras: el salario no es ganancia, ni tampoco lo son las jubilaciones y pensiones que son consecuencia del trabajo activo. Y decimos esto porque la discusión pasa por un universo de contribuyentes que exceden a quienes trabajan en relación de dependencia.



Es que el proyecto con media sanción de Diputados modifica el artículo 23 de la ley de Ganancias. Este artículo es el que determina los montos posibles a deducir – y que por lo tanto disminuyen la base sobre la que se calcula el impuesto- de los ingresos que reciben  las “personas físicas”. Por lo tanto el impacto no solo alcanzará al trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones, sino también, por ejemplo, a quienes cobran honorarios por su tarea de dirección en sociedades.

Creemos que es necesario dejar en claro este punto ya que uno de los ejes que atraviesan los debates es de dónde sacar el dinero que el Estado dejaría de percibir al resignar cobrar Impuesto a las Ganancias a un sector de contribuyentes.



Para fundamentar con datos este punto, nos remitimos a un trabajo de reciente publicación, realizado por Sergio Arelovich de la Universidad Nacional de Rosario (El impuesto a las Ganancias y lxs Trabajadores)

Utilizando estadísticas tributarias, datos del Ministerio de Trabajo, boletines de la Seguridad Social, información del INDEC y elaboración propia, muestra cómo está compuesto lo que el Estado ha recaudado, desde enero a setiembre de este año, con este impuesto.

Las conclusiones son:



1-El 71% lo pagan las sociedades y el 29% las personas físicas



2-Dentro de ese 29%, solamente un 12% tributan trabajadores y trabajadoras con salarios contenidos en Convenios Colectivos.



3-Completan ese 29%, un 3% de quienes perciben ingresos por tareas gerenciales y no salariales y un 14% que pagan personas físicas por sus participaciones en sociedades y empresas.

La conclusión a la que llega Arelovich en su trabajo es que eliminar el impuesto a las Ganancias para los trabajadores y trabajadoras que perciben sus salarios por negociaciones paritarias solo significaría entre un 0,8% y un 1% del Producto Bruto Interno, 51.098 millones de pesos.



Esta cifra de por si no significaría demasiado, pero si pensamos que los intereses por las LEBAC (Letras del Banco Central, es decir títulos de deuda de corto plazo que licita el Banco Central de la República Argentina) a pagar durante este año serán de alrededor de 200.000 millones de pesos por pura especulación nada productiva para el país (como sí lo es el trabajo de los asalariados), que la rebaja de derechos a las exportaciones representó para ese sector dejar de tributar 55.000 millones de pesos, entre otros ejemplos, fácil es concluir que se trata claramente de una decisión política.

Este gobierno, durante su primer año de gestión, transfirió a los sectores concentrados de la economía (devaluación, quita de retenciones al agro y a la minería, desregulación de la tasa de interés, aumento de precios, pago a Fondos Buitre, condonación de deuda a las distribuidoras eléctricas, dólar a futuro, etc.) cerca de 32.600 millones de dólares, casi 500.000 millones de pesos. En caso de que no cobrarse un solo peso de Impuesto a las Ganancias por el trabajo asalariado solo se “perdería” de recaudar un 10% de lo se llevaron  estos sectores. Tampoco se evalúa el impacto que tendría en la economía que esa masa salarial fuese al consumo.  

También se discuten las fuentes de financiamiento para el “agujero fiscal” que significará poner en funcionamiento esta reforma tributaria. El proyecto con media sanción establece como fuentes compensatorias un impuesto al juego, a la renta financiera, a las operaciones financieras especulativas, inmuebles improductivos, entre otros.

Sin embargo, hay que recordar que la Ley del Blanqueo en vigencia disminuyó las tasas y los montos sobre los que se aplicará el Impuesto sobre los Bienes Personales.  



En este sentido, el ex diputado por Unidad Popular Claudio Lozano expresó: “no existe problema alguno en materia de costo fiscal para llevar adelante la reforma en Ganancias. No sólo porque se puede eliminar la exención a la renta financiera y subir la alícuota a los millonarios tal cual plantea nuestro proyecto, sino porque es factible recuperar recursos fiscales grabando la riqueza de los multimillonarios en base al impuesto a los bienes personales”.

“En la Argentina, hay 11 personas que tienen un patrimonio neto superior a los mil millones de dólares, hay 1.040 personas cuyo patrimonio supera los 30 millones de dólares, y son 114.000 los residentes en la Argentina que tienen un patrimonio neto superior al millón de dólares. Un promedio de 15 millones de dólares cada uno. Si a estas 114.000 personas que en conjunto suman una fortuna de un billón setecientos mil millones de dólares se les aplicara el 0,75% que establece la ley de bienes personales, el Estado argentino recuperaría unos 13.000 millones de dólares o lo que es lo mismo unos 190.000 millones de pesos. Argentina tiene cómo resolver su problema impositivo. El único esfuerzo fiscal que hay que hacer es cobrarle a los ricos para construir mayor igualdad”, concluyó Lozano.

Jueves 15 de diciembre de 2016
Red Eco Alternativo Argentina
http://www.alainet.org/es/articulo/182411  

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