Alainet
Con
el fin de discutir la utilización de empresas militares y de seguridad
privadas con uso de la fuerza armada para proteger al personal de las
Naciones Unidas y a los locales de la Organización en el terreno, así
como la utilización de este tipo de empresas en las operaciones
humanitarias y de mantenimiento de la paz, la ONU ha convocado un Panel
de Expertos en su Sede en Nueva York, el 31 de Julio de 2013. El actual
Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la utilización de
mercenarios organiza dicho Panel.
En otras palabras, la ONU
contempla la posibilidad de privatizar las operaciones humanitarias y
del mantenimiento de la paz: un objetivo de varios miles de millones de
dólares al año que el cartel de las empresas militares y de seguridad
privada lleva codiciando desde hace muchos años.
Desde que
Gregory Starr asumió el puesto en las Naciones Unidas de Secretario
General Adjunto para la Seguridad en 2009 y comenzó a externalizar la
seguridad de la Organización al sector privado, dicho Departamento ha
estado elaborando directrices y criterios para dar un aspecto de
legitimación a la utilización de empresas militares y de seguridad
privadas ya que la utilización de tales empresas conlleva una imagen
negativa debido a las graves violaciones de derechos humanos que dichas
empresas han cometido en situaciones de conflicto o de post-conflicto
como Iraq.
En 2012, el Departamento de la ONU Unidas encargado de
la seguridad publicó un documento sobre la Política de las Naciones
Unidas. Asimismo dicho Departamento ha elaborado unas Directrices a
seguir por la Organización sobre la utilización de empresas militares y
de seguridad privadas que pueden hacer uso de la fuerza armada.
Según
los organizadores el objetivo del Panel de Expertos que se reunirá en
julio de 2013 en Nueva York es fomentar la discusión y provocar
respuestas de la sociedad civil a las Directrices emitidas por el
Departamento encargado de la seguridad de las Naciones Unidas.
Las
conclusiones del Panel de Expertos se incluirán en el próximo informe
anual que el Grupo de Trabajo sobre la utilización de mercenarios
someterá a la Asamblea General.
Sin embargo, se puede plantear la
cuestión de si uno de los principales objetivos del Grupo de Expertos
de julio no es presentar y aprobar las Directrices de las Naciones
Unidas con miras a lograr un paso más en la legitimación de la
utilización de empresas militares y de seguridad privadas por el
sistema de las Naciones Unidas.
Es interesante recordar que
Gregory Starr antes de entrar en la ONU fue Director del Servicio de
Seguridad Diplomática (DSS) del Departamento de Estado de EE.UU. Y que
fue uno de los principales promotores en externalizar la seguridad de
los diplomáticos de EE.UU a empresas militares y de seguridad privadas
como Blackwater.
En este contexto hay que recordar que dos ex
Secretarios Generales de la ONU han hecho propuestas para proveer a la
Organización Mundial con un pequeño grupo de fuerzas permanentes que
podrían estar a la disposición de la Organización en todo momento, de
conformidad con el espíritu de la Carta de las Naciones Unidas.
En
efecto, los Estados miembros de la ONU aún no han implementado un
ejército permanente de las Naciones Unidas o en su defecto una fuerza
policial de la ONU según lo previsto en la Carta de la Organización.
Como
resultado, las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones
Unidas se han basado únicamente en coaliciones ad hoc de Estados
voluntarios dispuestos a proveer personal militar nacional. La
consecuencia en la mayoría de los casos ha sido una serie de
disfunciones de las operaciones de mantenimiento de la paz de la ONU
así como de las operaciones de seguridad por falta de compromiso de los
Estados Miembros de la ONU de facilitar el personal y los recursos
necesarios para el adecuado funcionamiento de las operaciones de
mantenimiento de la paz [1].
El Departamento para la Seguridad de la ONU parece haber optado por la privatización de la seguridad de la Organización.
Sin
embargo, no hay que olvidar que las empresas militares y de seguridad
privadas (EMSP) son la reencarnación moderna de un largo linaje de
proveedores privados de la fuerza física, como corsarios, bucaneros y
mercenarios [2].
En los siglos XIX y principios del XX, las
naciones adoptaron instrumentos internacionales para regular las
actividades de los corsarios y bucaneros [3].
Los mercenarios,
que habían desaparecido prácticamente durante los siglos XIX y XX,
volvieron a aparecer en la década de los años 1960 durante el período
de descolonización, operando principalmente en África y Asia. Bajo los
auspicios de las Naciones Unidas, se aprobó una Convención que pone
fuera de la ley y criminaliza las actividades de los mercenarios [4].
Con
el fin de evitar el estigma que produce la etiqueta "mercenarios",
estas entidades no estatales de combatientes, de free-lancers ha venido
cambiado y adoptándose como los camaleones y ha pasado de llamarse
"perros de la guerra" a "empresas militares privadas" en los años 90,
cuando se crearon empresas como Executive Outcomes y Sandline , y más
recientemente se han hecho llamar "contratistas privados" y "empresas
de seguridad privada", durante la intervención de Estados Unidos en
Afganistán e Irak y el desarrollo de la industria de la seguridad en el
inicio del siglo XXI; y más recientemente han cambiado nuevamente y
actualmente, coincidiendo con el desarrollo del cartel de la industria
de la seguridad privada, se denominan "proveedores de servicios de
seguridad privada".
La externalización generalizada en los
últimos años de funciones militares y de seguridad a las empresas
militares y de seguridad privadas (EMSP) por los gobiernos, las
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, y las
empresas multinacionales en situaciones de conflicto de baja
intensidad, conflictos armados, post-conflictos, socorro internacional
y operaciones humanitarias constituye un fenómeno de gran importancia.
En
muchos casos, se contrata a empresas privadas con el fin de evitar la
responsabilidad directa de los gobiernos o de organizaciones. La
utilización de estos contratistas privados para apoyar las operaciones
en Irak y Afganistán, y las violaciones de derechos humanos en los que
han participado han sido el foco de la atención internacional. Y ha
generado un debate sobre las funciones de las EMSP, las normas bajo las
cuales deben operar, y cómo controlar sus actividades.
La
Comisión de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el órgano
predecesor del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, alertada por las
violaciones cometidas por dichas empresas militares y de seguridad
privadas, estableció en 2005 el Grupo de Trabajo sobre la utilización
de mercenarios con el mandato de analizar las tendencias modernas del
mercenarismo.
En 2010, el primer Grupo de Trabajo sobre
mercenarios de la ONU, después de haber cumplido su mandato de seis
años, presentó a la ONU un proyecto de convención que había elaborado
para regular y supervisar las actividades de las empresas militares y
de seguridad privadas.
En Afganistán no sólo ha habido
violaciones de derechos humanos por dichas empresas sino también, como
en otros lugares, colusión de las empresas internacionales militares y
de seguridad privadas en casos de corrupción con el gobierno y negocios
ilegales.
Dichas actividades incluyen la creación de la
inseguridad, con el objetivo de asegurar el negocio a esas empresas e
incluso de ampliar los contratos mediante sobornos a grupos
anti-gubernamentales para garantizar la circulación de convoyes
militares y de acción humanitaria, así como dando asilo y protección a
sospechosos o presuntos autores de violaciones de derechos humanos y
crímenes de lesa humanidad. También hay información que indica que
empresas militares y de seguridad privadas, contratadas por el gobierno
de EE.UU., han tenido una relación privilegiada con los Talibanes.
El
proyecto de convención presentado por el primer Grupo de Trabajo sobre
la utilización de mercenarios de las Naciones Unidas, contiene una
serie de normas y procedimientos para regular a estas empresas a nivel
nacional e internacional. También prevé medidas de control que las
organizaciones intergubernamentales tales como las Naciones Unidas y la
OTAN deberían adoptar, así como la prohibición de subcontratar al
sector privado una serie de funciones inherentemente estatales que son
parte de la soberanía de los Estados.
En muchos países el número
de personal de seguridad privada por cada 100.000 habitantes ya es
mucho mayor que el de la policía activa. Entre estos países se pueden
mencionar: Angola, Argentina, Australia, Bulgaria, Chile, China,
Colombia, Costa Rica, Côte d'Ivoire, República Checa, República
Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, Hungría, India, Irlanda,
Jamaica, Japón, Kenia, Luxemburgo, Panamá, Polonia, Rumania, Federación
de Rusia, Eslovenia, Sudáfrica, Turquía y EE.UU. [5]
Tras la
propuesta del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas "de un
instrumento internacional para regular y controlar las actividades de
las empresas militares y de seguridad privadas”, el Consejo de Derechos
Humanos de la ONU estableció un Grupo intergubernamental de composición
abierta, encargado de debatir y negociar una posible convención.
Pese
a que una mayoría de Estados Miembros de la ONU está a favor de las
medidas de regulación y control, la posición de los Estados
occidentales es un rechazo total a la regulación y los mecanismos de
supervisión internacionales. Su posición es comprensible, ya que la
nueva industria de seguridad, en todo su auge y florecimiento, se
encuentra en los países occidentales y en particular en el Reino Unido
y los EE.UU., donde el setenta por ciento de esas empresas se
encuentran.
Cabe señalar que, paralelamente a la creación del
Grupo de Trabajo sobre la utilización de mercenarios y con el fin de
evitar cualquier regulación internacional o estatal, así como las
críticas por violaciones de derechos humanos, la industria
internacional de la seguridad con grupos como la Asociación Operación
Estabilidad (ISOA) de Estados Unidos y la Asociación Británica de
Empresas de Seguridad Privada (BAPSC) y el respaldo de los gobiernos de
Reino Unido, Estados Unidos y Suiza, lanzaron en 2006 lo que se conoce
como la Iniciativa Suiza.
Dicha Iniciativa Suiza incluye una
serie de acuerdos de autorregulación entre ellos el Documento de
Montreux y el Código Internacional de Conducta, que ya han firmado
cerca de 700 empresas militares y de seguridad privadas que operan en
el ámbito internacional.
Entre las casi 700 empresas militares y
de seguridad privadas firmantes del Código se encuentran empresas como
Blackwater (que ahora figura como Academi después de haber cambiado dos
veces su nombre), United Resources Group, G4S y su filial Armor Group o
Triple Canopy, todas ellas implicadas en graves violaciones de derechos
humanos; o empresas como DynCorp, Blackwater y Aegis (otra empresa que
ha cambiado de nombre y que se llamaba Sandline), todas ellas con un
pasado turbulento; o empresas como la ugandesa Saracen Uganda Ltd.
presuntamente implicada en capacitar a paramilitares en Puntland,
Somalia y violar resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones
Unidas.
Es interesante señalar que no se ha sometido a ninguna de
las empresas signatarias del Código Internacional de Conducta a
cualquier tipo de control. Mecanismos de supervisión, tales como: (i)
certificación, (ii) auditoría y control, y (iii) sumisión de informes
sólo se aplicarán una vez que se haya establecido la Asociación del
Código Internacional de Conducta.
Las empresas militares y de
seguridad privadas no están reguladas ni controladas por los gobiernos:
se autorregulan ellas mismas. Y consecuentemente operan por lo general
en un vacío jurídico sin respetar el derecho internacional humanitario
y de derechos humanos. Con el fin de proporcionar una cierta
legitimidad, el desarrollo más reciente de la Iniciativa Suiza va a ser
el establecimiento de una asociación-cartel internacional - en Ginebra.
Con esta apariencia de legitimidad se espera dar una zancadilla a
cualquier proyecto de elaboración de un instrumento internacional de
regulación así como seguir obteniendo contratos de las Naciones Unidas
y de las organizaciones intergubernamentales del sistema de las
Naciones Unidas en operaciones humanitarias y por qué no en operaciones
de mantenimiento de la paz.
La creación de la Asociación del
Código Internacional de Conducta (ICOCA) de las EMSP va a tener lugar
durante la conferencia que se va a celebrar en Ginebra los días 19 y 20
de septiembre de 2013. La Asociación va a ser oficialmente establecida
bajo la ley suiza y se elegirá el primer Consejo de Administración.
El
Gobierno de Suiza, como estado anfitrión de la ICOCA, se ha
comprometido a contribuir con 467.500 dólares anuales durante los dos
primeros años, y ha indicado la posibilidad de una mayor contribución
después de ese período. El Gobierno del Reino Unido se ha comprometido
a participar con 300.000 euros como contribución inicial. Los Estados
Unidos y Australia también han manifestado su intención de contribuir
con donaciones a la Asociación.
A estas contribuciones hay que
añadir la financiación de la misma industria de seguridad, es decir, la
cuota de suscripción individual que cada una de las empresas militares
y de seguridad privadas tendrán que hacer obligatoriamente todos los
años como miembros de la Asociación. Dicha cuota está en función con el
nivel de ingresos de cada empresa. Se puede decir que el nuevo cartel
de seguridad no nace pobre.
Notas[1] Report of the Panel on United Nations Peace Operations, UN document A/55/305 – S/2000/809.
[2] Hin-Yan Liu, Leashing the Corporate Dogs of War: The Legal Implications of the Modern Private Military Company, 15 J. CONFLICT &SEC. L., 141–168 (2010).
[3] The 1856 Paris Declaration Respecting Maritime Law states in Article 1: “Privateering is, and remains, abolished.” Declaration of Paris (Apr. 16, 1856), in CONVENTIONS AND DECLARATIONS BETWEEN THE POWERS CONCERNING WAR, ARBITRATION AND NEUTRALITY 10 (1915) available at http://www.icrc.org/ihl.nsf/FULL/105?OpenDocument
The 1907 Hague Convention Relating to the Conversion of Merchant Ships into Warships further expands on this rule. Article 1 of the Convention stipulates, “A merchant ship converted into a war-ship cannot have the rights and duties accruing to such vessels unless it is placed under the direct authority, immediate control, and responsibility of the Power whose flag it flies.” Convention Relative to the Conversion of Merchant Ships into War Ships (1907) in JAMES BROWN SCOTT, 2 THE HAGUE PEACE CONFERENCES OF 1899 AND 1907 423 (1909), available at http://www.icrc.org/ihl.nsf/FULL/210?OpenDocument
[4] International Convention against the Recruitment, Use, Financing and Training of Mercenaries art. 1, December 4, 1989, 2163 U.N.T.S. 75
[5] See Nicolas Florquin, Small Arms Survey 2011: States of Security, Geneva.
José L. Gómez del Prado. Exmiembro del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la utilización de mercenarios
Fuente: http://alainet.org/active/65898
No hay comentarios:
Publicar un comentario