La Fiscalía de la Audiencia Nacional española se opuso este miércoles a la detención de los represores reclamados por la justicia argentina por los crímenes del franquismo, decisión que no evita la apertura de un proceso de extradición, según fuentes judiciales.
En un escrito presentado en el juzgado de guardia de la Audiencia Nacional, el Ministerio público sostiene que los arrestos “no son necesarios ni urgentes” debido a la “antigüedad de los hechos” que se les imputa a los cuatro ex agentes de las fuerzas de seguridad españolas.
Sin entrar en el fondo del asunto, la Fiscalía afirma que en las órdenes de detención dictadas por la jueza argentina María Servini de Cubría darían lugar a una “denegación”, puesto que en ellas “no constan datos de tiempo y lugar de comisión” de los delitos, como requiere el Convenio Bilateral sobre Extradición y Asistencia Judicial entre España y Argentina.
A pesar de ello, los procuradores no se oponen a la apertura del trámite de extradición, sino que piden al magistrado Pablo Ruz, a cargo del juzgado de guardia, que abra el correspondiente expediente y lo comunique al Ministerio de Justicia para que éste requiera a la justicia argentina la “documentación necesaria”.
No obstante, la fiscalía ya adelanta su posición contraria a la extradición argumentando que los presuntos delitos de homicidio agravado, privación ilegal, torturas y sustracción de menores, por los que se reclama a lo represores han prescrito.
Y añade que los españoles reclamados están amparados por la Ley de Amnistía de 1977.
El juez debe estudiar el dictamen de la jueza argentina y el informe de la Fiscalía para adoptar una decisión, aunque la última palabra en los casos de extradición la tiene el Consejo de Ministros español, es decir, el gobierno de Mariano Rajoy.
Los reclamados son el ex guardia civil Jesús Muecas Aguilar, el ex escolta del general Francisco Franco y de la Casa Real Celso Galván Abascal –ya fallecido, según datos policiales-, el ex comisario José Ignacio Giralde González y el ex inspector José Antonio González Pacheco, alías “Billy El Niño”.
Servini de Cubria señala en su resolución que en el caso de los crímenes del franquismo, que son imprescriptibles, es aplicable el principio de jurisdicción universal para evitar que puedan quedar impunes.
Las órdenes de arresto internacional fueron celebradas como un paso histórico por las asociaciones de víctimas del franquismo, que vieron cómo la justicia española les denegaba su afán de justicia.
El fiscal jefe de la Audiencia, Javier Zaragoza, nombrado por el gobierno español, se opuso en el pasado a la investigación de estos delitos cuando en 2008 el juez español Baltasar Garzón se declaró competente para ello.
En aquel momento, Zaragoza acusó a Garzón de abrir una “inquisición general” de la Guerra Civil (1936-1939) y la dictadura franquista (1939-1975), algo que está prohibido por la Constitución.
Garzón fue juzgado por prevaricato por su decisión, aunque finalmente fue absuelto.
Telam
No hay comentarios:
Publicar un comentario