El Congreso costarricense aprobó reformas a una ley para sancionar con penas de cárcel que van de los tres meses a dos años, a los hombres que agredan físicamente u ofendan de palabra a una mujer de su entorno familiar.
Los artículos fueron adicionados a la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, que habían sido declarados anticonstitucionales por la Sala Constitucional hace tres años.
Los diputados reformaron el texto de los artículos y volvieron a incorporarlos libres de los defectos de inconstitucionalidad que les había señalado la máxima instancia judicial.
La ley establece que cuando la agresión física produzca incapacidad de cinco días o más a la mujer agredida, las penas serán de ocho meses a dos años de prisión, según la norma aprobada por el Congreso en segundo y último debate la noche del lunes.
Otro artículo, que crea la figura de “ofensas a la dignidad” , castiga con prisión de seis meses a dos años a quien ofenda a su esposa o conviviente, sea en la vía pública o en lugar privado.
“Estamos muy satisfechas con la decisión, nuevamente las mujeres vamos a tener una herramienta legal que nos proteja de los abusos de los compañeros sentimentales” , reaccionó Mauren Clark, presidenta ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu) .
En Costa Rica cada año mueren asesinadas un promedio de 40 mujeres, muchas de ellas a manos de sus esposos o convivientes, según cifras del Poder Judicial.
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