Resumen Latinoamericano/Lella de Misiones (desde Asunción) / Agencia Para la Libertad - Extraditados por Argentina a Paraguay, pese a su condición de refugiados políticos, los 6 campesinos son condenados sin pruebas.
“El 26 de abril de 2006 los campesinos paraguayos Simeón Bordón y
Agustín Acosta se presentaron ante las autoridades migratorias de
Puerto Iguazú, Argentina, solicitando ser recibidos en el país en
carácter de refugiados políticos. Alegaron sufrir persecución política
en su país y solicitaron acogerse al derecho de asilo. Se les indicó
que se dirijan a la oficina del Comité de Elegibilidad Para los
Refugiados (CEPaRe), dependiente del Ministerio del Interior, en Buenos
Aires. Una vez allí y junto a Basiliano Cardozo, Roque Rodríguez,
Arístides Vera y Gustavo Lezcano solicitaron formalmente el refugio
político. El CEPaRe les otorgó un refugio provisorio de tres días, tras
los cuales debían presentarse nuevamente en sus oficinas a los fines de
proseguir el trámite para el refugio definitivo. Allí se dirigieron el
2 de mayo de 2006, para encontrarse con la Policía Federal y la
Interpol que procedieron a detenerlos en el interior del edificio. Así
comenzaba para los seis campesinos paraguayos, presos políticos de la
oligarquía paraguaya, una larga y dolorosa experiencia con el Estado
Argentino que terminaría con su extradición a las autoridades
paraguayas, y que continúa aún con los seis encarcelados en la
Penitenciaría Nacional de Tacumbú de Asunción”. Parte del rico enfoque
de Llella de Misiones, que da cuenta de esta injusticia pergeñada por
el poderes argentinos y paraguayos, aliados para descargar su saña
represiva contra los luchadores .Libertad a los campesinos presos
políticos.
El caso Cubas y el gobierno de los derechos humanos
Los seis dirigentes campesinos fueron algunos de los imputados por el
secuestro y muerte de Cecilia Cubas Gusinky, hija de un ex presidente
paraguayo. Todos ellos a excepción de Roque Rodríguez, dirigente máximo
del Movimiento Agrario y Popular, pertenecían al Partido Patria Libre,
organización a la que la Fiscalía Antisecuestro atribuyó el plagio de
Cecilia Cubas.
El juez de Garantías Pedro Mayor Martínez nunca consideró pertinente
su detención dado que la fiscalía y la querella nunca reunieron pruebas
contra los seis y construyeron la acusación contra los mismos solamente
con el testimonio, sumamente controvertido, de un informante policial.
Sin embargo, dada la gran influencia política de la parte querellante –
la señora Mirtha Gusinky, madre de la víctima- y de su abogado, miembro
del Consejo de la Magistratura, Enrique Baccheta, los seis evaluaron
que la justicia paraguaya no les brindaba ningún tipo de garantía de
imparcialidad ni de objetividad. Tuvieron la certeza de ello cuando en
noviembre de 2005 la fiscalía, sin un mínimo criterio de objetividad,
que caracterizaría todo su accionar en la causa, solicitó el cambio de
acusación que pesaba contra ellos de “Omisión de aviso de hecho
punible” por el de “Secuestro, homicidio doloso y asociación criminal”.
El juez de Garantías rechazó el cambio de carátula porque la fiscalía
no había agregado elementos que lo justificaran, sin embargo el
Tribunal de Apelación aceptó el pedido de la fiscalía y la querella. A
pesar de ello, no dictó la prisión preventiva hasta después de que los
seis campesinos se presentaran a pedir el refugio en Argentina.
La decisión de los seis de buscar refugio en Argentina ante la
evidente falta de garantías judiciales para ellos se basó en parte en
el discurso “derechohumanista” del gobierno de Néstor Kirchner. Además,
hasta ese momento la Argentina nunca había entregado en extradición a
ningún perseguido político. Los antecedentes resultaban favorables. Una
entrevista con el embajador argentino en Asunción, Rafael Romá, quien
les recomendó su ida a Buenos Aires y dejó tal recomendación por
escrito, terminó por decidirlos.
Pero una vez en Buenos Aires se encontrarían con una realidad muy
diferente. La actitud de las autoridades argentinas fue la de dar
tiempo a las autoridades paraguayas para que el pedido de detención
llegue antes de que los campesinos pudieran iniciar el trámite del
refugio definitivo. De esa manera se hizo posible su detención en
Buenos Aires.
Una vez iniciado el trámite de extradición la defensa de los
campesinos se esforzó en demostrar que la situación de persecución
política en Paraguay hacían desaconsejable su entrega a las autoridades
paraguayas. Se arrimaron pruebas y testimonios acerca de la violencia
estatal crónica contra el campesinado, la existencia de grupos
paramilitares en todo el país al amparo del Estado, la falta de
imparcialidad de la justicia y la relación de sus funcionarios con los
grupos del poder, en particular con el Partido Colorado. El juez
interviniente, Ariel Lijo, se negó a considerar todos esos antecedentes
argumentando, no se sabe basándose en qué, que en el Paraguay rige el
estado de derecho y que por lo tanto solamente cabía asegurarse del
cumplimiento de ciertos requisitos formales del pedido de extradición.
Con esto se negaba a considerar también ya no la actuación futura de
la justicia paraguaya con los campesinos, sino las insalvables
irregularidades que esa justicia ya había cometido en el tratamiento
para con ellos y que justamente había sido el motivo de su traslado a
Argentina.
Estuvieron presos en Argentina durante dos años y siete meses, a lo
largo de los cuales recibieron el apoyo y la solidaridad de una gran
cantidad de organizaciones, entre ellas de influyentes personalidades
políticas y defensores de los derechos humanos. A pesar de esto la
extradición fue concedida y la presidente Cristina kirchner les negó el
refugio político, por lo que fueron entregados a las autoridades
paraguayas en diciembre de 2008. El Estado Argentino pisoteaba así una
más que centenaria tradición de refugio a los perseguidos políticos.
La justicia mafiosa paraguaya y la vigencia de las palabras ante el tribunal de uno de los mártires de Chicago:
Desde ese entonces, todas las advertencias que hicieron tanto la
defensa legal de los campesinos como las muchas organizaciones que
lucharon contra su extradición se demostraron acertadas. Ente ellas, la
de que la composición misma de la justicia paraguaya, totalmente
entroncada por relaciones de parentesco, amistad o intereses con los
grandes poderes del país hacia imposible la garantía de un juicio justo
para los seis. Se referían al inmenso poder político de la familia
querellante y de sus abogados, asi como al carácter inquisitorial de la
Fiscalía Antisecuestro. Por caso, el abogado enrique Baccheta es un
miembro de muchos años del Consejo de la Magistratura: el organismo que
designa a los jueces en el Paraguay. Al momento del juicio era además
el representante de ese Consejo en el Jurado de Enjuiciamiento de
Magistrados, aunque se encontraba provisoriamente con licencia, tal
posición no pasa inadvertida para ningún Tribunal que no se discipline
a los designios políticos de los grupos de poder.
Los seis campesinos nunca gozaron de los beneficios del principio de
presunción de inocencia, ni en Paraguay ni en Argentina. Una vez en
Paraguay la justicia los mantuvo arbitrariamente en prisión durante 5
años y 10 meses antes de llevarlos a juicio, convirtiendo la prisión
preventiva en una pena anticipada. Para esto incumplió abiertamente con
las pocas condiciones que le impuso el juez argentino al momento de la
extradición, como la de contar el tiempo de detención en Argentina como
si hubiera transcurrido en Paraguay.
Al cumplirse cinco años de su detención, el tribunal rechazó
levantarles la prisión preventiva argumentando que no habían cumplido
aún el tiempo máximo de la misma, pues en Argentina no habían estado
presos sino alojados en pensiones y hoteles.
Este hecho, solamente uno de un listado muy largo de irregularidades
que cometió la justicia paraguaya con los seis campesinos, sirve para
ilustrar como fue a lo largo de estos ocho años la relación de la
justicia con los seis.
En esos términos de total falta de respeto por sus derechos y
garantías mínimas, pisoteando a su antojo hasta elementales cuestiones
de procedimiento, basándose en pruebas incomprobables como las surgidas
de la computadora de Raul Reyes y en testigos pagos de la fiscalía, que
cayeron en innumerables contradicciones y equivocaciones groseras, la
Justicia condenó a los seis en una farsa de juicio a 35 años de prisión.
El abogado de la querella Enrique Baccheta, hoy senador por el Partido
Colorado, lamentó ante el tribunal la inexistencia de la pena de muerte
en Paraguay.
Palabras y actualidad
Al término de ese juicio, gracias al cual los campesinos hoy cumplen
ocho años de injusta prisión, asombra la actualidad de las palabras de
August Spies, uno de los mártires de Chicago, ante el tribunal que lo
condenó a muerte en 1887: “…empezaré con las mismas palabras que un
personaje veneciano pronunció hace cinco siglos ante el Consejo de los
Diez en ocasión semejante: Mi defensa es vuestra acusación; mis
pretendidos crímenes son vuestra historia. Se me acusa de complicidad
en un asesinato y se me condena, a pesar de no presentar el Ministerio
Público prueba alguna de que yo conozca al que arrojó la bomba ni
siquiera de que en tal asunto haya tenido intervención alguna. Sólo el
testimonio del procurador del Estado y de Bonfield y las
contradictorias declaraciones de Thomson y de Gilmer, testigos pagados
por la policía, pueden hacerme pasar como criminal. Y si no existe un
hecho que pruebe mi participación o mi responsabilidad en el asunto de
la bomba, el veredicto y su ejecución no son más que un crimen
maquiavélicamente combinado y fríamente ejecutado, como tantos otros
que registra la historia de las persecuciones políticas y religiosas.
Se han cometido muchos crímenes jurídicos aún obrando de buena fe los
representantes del Estado, creyendo realmente delincuentes a los
sentenciados. En esta ocasión ni esa excusa existe. Por sí mismos los
representantes del Estado han fabricado la mayor parte de los
testimonios, y han elegido un jurado vicioso en su origen…”.
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