Guatemala
Hace dos años atrás, 
cuando el actual Presidente de Guatemala, Jimmy Morales, se encontraba 
en campaña electoral, unos periodistas le preguntaron: ¿Qué hará Ud. con
 la conflictividad social creciente en el país? El entonces candidato 
presidencial les respondió con la moraleja del gato y el ratón.
Hace
 unos días atrás, el Presidente de la República, con la finalidad de 
“mitigar la conflictividad social por la ausencia de un reglamento para 
la consulta (…), y promover la participación de indígenas”, en presencia
 de “autoridades ancestrales mayas”, presentó al país la Guía operativa para la implementación de la consulta a pueblos indígenas.[1] 
Este
 reglamento transitorio, es y será el mejor legado del actual Gobierno 
para las empresas nacionales e internacionales perturbadas por las 
resistencia comunitarias en los territorios indígenas. Pero, también es y
 será una de las peores pesadillas contemporáneas para las comunidades y
 pueblos en resistencia. 
Según el Convenio 169º de la OIT 
(ratificado por Guatemala en 1995), la Declaración de las Naciones 
Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (2007), y la 
Declaración de la OEA sobre los derechos de los pueblos indígenas 
(2016), el derecho a la consulta previa, libre e informada, tiene por 
finalidad conocer la voluntad de los pueblos implicados en los impactos 
de un proyecto o programa. 
Según los objetivos de los pasos 7 y 8
 de la mencionada Guía de consulta chapina, el objetivo de la consulta 
es conseguir el consentimiento de los pueblos y “acordar las medidas de 
mitigación de los impactos negativos de la obra o proyecto para los 
pueblos”. 
Ahora, los pueblos indígenas ya no podrán decir NO a 
las empresas, como lo venían haciendo con las autoconsultas. Esta Guía 
de la consulta les obliga a decir SÍ, porque este proceso busca como 
resultado “acuerdos de mitigación de los impactos de la obra”. 
Según
 el objetivo del paso 1º de la Guía de consulta, el Gobierno nacional 
“determina si la medida administrativa (obra o proyecto) a realizar en 
el territorio es o no objeto consulta”. 
Ya no serán los las 
comunidades o pueblos quienes determinen, en base a los derechos 
reconocidos internacionalmente, qué se consulta y qué no, sino el 
“agente que hace la consulta”. 
Si en el paso 1º, el Gobierno 
decide qué se consulta y qué no. En el paso 2º, según dicha Guía, el 
Gobierno decide a quién se consulta y a quién no. “A través de sus 
instituciones representativas (…) acreditadas”, indica el documento. 
Acreditarán
 y consultarán a representantes de los 48 cantones de Totonicapán, a 
algunas “autoridades ancestrales” restauradas por la cooperación 
internacional, y a otros “indi@s permitid@s”. Estos serán los firmantes 
de los futuros “acuerdos de mitigación” en la consulta. Similar al 
“selecto” proceso de consulta que hicieron a algunos indígenas para la 
elaboración de la Guía en mención. 
El paso 3º indica que el 
Gobierno, sus asesores y los “representantes” definirán los “mecanismos”
 de consulta. El Convenio 169º indica que la consulta previa se debe 
realizar mediante mecanismos y sistemas propios de los pueblos. Es 
decir, asambleas comunitarias, cabildos (allí no hay representantes). 
Según la Guía, la consulta será únicamente a representantes acreditados 
(democracia liberal representativa). Sectores u organizaciones indígenas
 consecuentes, serán sistemáticamente excluidos del proceso de la 
consulta. 
A todas luces, esta Guía de consulta, que se plantea 
como documento base para la elaboración y aprobación del próximo 
reglamento de consulta en el Congreso de la República, tiene por 
finalidad fulminar todos los procesos de las resistencias comunitarias 
en los territorios indígenas y campesinos. Llamar a consulta a los 
dirigentes indígenas permitidos, incluso en los territorios y municipios
 del país donde ya se realizaron procesos de autoconsulta (casi un total
 de 80 autoconsultas). 
Después de las políticas públicas 
liberales que disolvieron las propiedades comunales de las tierras en 
Guatemala durante los siglos XIX y XX, las consultas a realizarse bajo 
“orientación” de esta Guía serán las más letales para la defensa de 
tierra-agua y territorios. Y, lo más doloroso, el gato utilizó a una 
Ministra y a un Asesor mayas para dar este zarpazo, y los ratones al 
parecer no perciben la magnitud del ataque. 
Nota:
 
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